CÓMO CONTABILIZAR EL FACTORING

La respuesta a la pregunta sobre cómo contabilizar el Factoring no supondrá dificultad alguna para el contable que conozca este producto financiero que, junto a los anticipos de créditos, ha sustituido al descuento comercial de letras de cambio y pagarés.

Qué es el Factoring

El factoring es un instrumento financiero comercializado por las entidades de crédito que permite a las empresas obtener financiación a corto plazo y un conjunto de servicios bancarios adicionales.

Desde el punto de vista jurídico el Factoring es un contrato atípico por el cual un empresario (cedente) transmite los créditos comerciales que tiene frente a su clientela a otro empresario especializado (la sociedad de factoring o factor). Adicionalmente, el factor se compromete a cambio a prestar una serie de servicios por un importe convenido.

Los elementos personales del Factoring son:

  1. FACTOR. Normalmente una Entidad financiera.
  2. CEDENTE. Cliente o empresa vendedora que cede sus derechos de crédito comerciales al factor.
  3. DEUDOR. Comprador de las mercancías o servicios del cedente
Tipos de Factoring

Según la característica que se tome como referencia puede clasificarse el Factoring:

A) SOPORTE DEL RIESGO
  1. FACTORING CON RECURSO. No existe cobertura de riesgo del deudor y el factor se encarga de la financiación y la gestión de cobro). Es decir, el cedente responde del riesgo de impago del deudor (su cliente)
  2. FACTORING SIN RECURSO. El factor asegura al 100% la insolvencia del deudor dentro de los límites de la línea concedida). Es importante señalar que la cobertura no incluye la «disputa comercial».
  3. FACTORING CON Y SIN NOTIFICACIÓN. En el Factoring con notificación el factor notifica al deudor la cesión del crédito a su favor y en consecuencia su obligación de realizarle el pago al vencimiento. Si el crédito factorizado no se notifica al deudor éste efectuará el pago al cliente, con cuyo importe cancelará la deuda con el factor en el caso de que hubiese cobrado anticipadamente la totalidad o parte del crédito cedido. El anticipo del crédito siempre se habrá efectuado en el caso del Factoring sin recurso.
B) UBICACIÓN SOCIEDAD DE FACTORING Y EMPRESA
  1. FACTORING NACIONAL. No existe cobertura de riesgo del deudor y el factor se encarga de la financiación y la gestión de cobro). Es decir, el cedente responde del riesgo de impago del deudor (su cliente)
  2. FACTORING DE EXPORTACIÓN. Cobertura del riesgo comercial, la financiación de las ventas y la gestión del cobro.
  3. FACTORING DE IMORTACIÓN. (el Factor avala la operación sobre las facturas a cargo del cliente importador; a cambio de esto, el exportador cede los derechos de cobro sobre la factura al Factor).

En estas dos modalidades, la sociedad de Factoring también ofrecerá al cedente y al importador la cobertura del riesgo de cambio.

Costes del Factoring para el Cedente

La sociedad de factoring cobrará dos tipos de gastos:

  • INTERESES. Calculados «al tirón» sobre el importe nominal del crédito anticipado.
  • COMISIONES. Además, la sociedad de leasing normalmente cobrará comisiones por: estudio y/o apertura de la línea de factoring, gestión de cobro y devolución por impago.
Factoring vs Descuento Comercial
CONCEPTOS  FACTORING DESCUENTO COMERCIAL
Documento Factura Letra cambio Pagaré (timbre)
Gestión de cobro Integral (incluso contenciosa) Simple
Anticipo de fondos Potestativo del cliente en el tiempo y cuantía FLEXIBILIDAD Siempre. En el momento de efectuar el descuento RIGIDEZ
Límite de anticipo de fondos En función de la solvencia de los compradores (deudores) En función de la solvencia del Cliente
Cobertura de impagados CON RECURSO: NO
SIN RECURSO: SI
NO
Otros servicios Estudio y selección de clientes Administración Cuentas de Deudores NO
Contabilización del Factoring
EJEMPLO

«Caminos & Estradas, S.A.» realizó mediante «factoring con recurso y notificación al deudor» la cesión de crédito de la siguiente certificación de obra a cargo de una constructora de obra pública:

  • Importe: 300.000,00€.
  • Fecha de cesión: 15-02-2016.
  • Fecha de vencimiento: 30-09-2016.

Condiciones financieras:

  • Interés: 4,75% nominal anual.
  • Comisión de cesión: 0’15%.
  • Iva: 10%.

ok SE PIDE: Contabilización «a valor nominal» de la cesión, abono en cuenta y el pago al vencimiento de la certificación factorizada.


Eulogio Alonso
Diplomado Estudios Empresariales
Especialidad de Contabilidad e Información
Ex Director Oficina Bancaria

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